Subsidio por desempleo en 2027: el límite de rentas subirá a 964,50 euros con el nuevo SMI

Sede del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en Madrid

La propuesta del Ministerio de Trabajo para subir el salario mínimo en 2027 no solo afecta a las nóminas. También mueve la puerta de entrada a los subsidios del SEPE: si el SMI sube a 1.286 euros brutos mensuales, el límite de rentas para cobrar un subsidio por desempleo pasará de 915,75 a 964,50 euros al mes, casi 50 euros más de margen para quienes se quedaban fuera por poco.

El cambio no necesita una reforma específica del paro. Es automático, porque la ley fija ese tope como un porcentaje del salario mínimo. Llegará cuando el Gobierno apruebe el real decreto del SMI de 2027, cuyo borrador se dio a conocer el 5 de noviembre.

Concepto20262027 (propuesta)
Salario mínimo (14 pagas)1.221 € al mes1.286 € al mes
SMI anual17.094 €18.004 €
Límite de rentas del subsidio (75% del SMI)915,75 € al mes964,50 € al mes
Subsidio, meses 1 a 6 (95% del IPREM)570 € al mesDepende del IPREM
Subsidio, meses 7 a 12 (90% del IPREM)540 € al mesDepende del IPREM
Subsidio desde el mes 13 y mayores de 52 (80% del IPREM)480 € al mesDepende del IPREM

¿Por qué la subida del salario mínimo cambia el acceso al subsidio?

Todos los subsidios por desempleo exigen el llamado requisito de carencia de rentas. Según el artículo 275 de la Ley General de la Seguridad Social, la persona que solicita la ayuda, o la que ya la cobra, no puede haber tenido en el mes natural anterior rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del salario mínimo, sin contar la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias.

Con el SMI actual de 1.221 euros, ese 75% equivale a 915,75 euros brutos mensuales, la cifra que hoy aplica el SEPE. Si el salario mínimo sube a 1.286 euros, el mismo cálculo da 964,50 euros. El requisito se comprueba en el momento de pedir el subsidio y también durante todo el tiempo que se cobra, en las prórrogas y en las reanudaciones.

¿Qué ingresos cuentan para ese límite?

La ley es amplia. Se tienen en cuenta los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario y de las actividades económicas, además de las prestaciones públicas o privadas, contributivas o no. Esto incluye, por ejemplo, un salario a tiempo parcial, los intereses y dividendos, el alquiler de una vivienda o una pensión.

También computan las pensiones alimenticias y compensatorias, las plusvalías o ganancias patrimoniales, como la venta de acciones, y los incrementos de patrimonio por herencias o donaciones. Superar el tope no reduce el subsidio de forma proporcional: puede suponer que se deniegue o que se extinga, y obliga a devolver lo cobrado de más.

¿A quién beneficia el nuevo tope de rentas?

Sobre todo a quienes están justo por encima del límite actual. Una persona en paro que ingresa, por ejemplo, 940 euros brutos al mes entre un trabajo parcial y otras rentas hoy no cumple el requisito. Con el nuevo cálculo quedaría por debajo del tope y podría acceder al subsidio si reúne el resto de condiciones.

La subida no cambia, en cambio, lo que se cobra. Las cuantías de los subsidios no dependen del salario mínimo, sino del IPREM, que en 2026 es de 600 euros al mes. Desde la reforma del Real Decreto-ley 2/2024, en vigor desde el 1 de noviembre de 2024, el importe es decreciente: 570 euros los seis primeros meses, 540 euros del séptimo al duodécimo y 480 euros a partir de ahí. Puedes repasar la evolución del salario mínimo en España para ver cómo ha crecido este tope en los últimos años.

¿Qué pasa con el subsidio para mayores de 52 años?

El subsidio para mayores de 52 años, uno de los más buscados, también usa el mismo límite del 75% del SMI. En este caso solo cuentan las rentas propias del solicitante, no las de la familia. Se cobran 480 euros al mes, el 80% del IPREM, sin tramos decrecientes, y se puede mantener hasta la edad ordinaria de jubilación. Mientras tanto, el SEPE cotiza por la jubilación del beneficiario.

El límite de rentas no es la única condición. El SEPE exige haber cotizado al menos seis años por desempleo, tener 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral, dos de ellos dentro de los últimos 15, y estar inscrito como demandante de empleo. Las cotizaciones como autónomo no sirven para completar los seis años de desempleo. Además, hay que presentar cada año la declaración anual de rentas; si no se hace, el pago se suspende.

¿Cuándo entrará en vigor el nuevo límite?

Por ahora es una propuesta. El borrador de real decreto del Ministerio de Trabajo plantea una subida del 5,3%, hasta 1.286 euros en 14 pagas, con efectos desde el 1 de enero de 2027. El texto está en audiencia pública y el plazo de alegaciones termina el 16 de noviembre. La intención declarada es aprobarlo en el Consejo de Ministros antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.

Hasta que el real decreto se apruebe y entre en vigor, el SEPE seguirá aplicando el tope de 915,75 euros. Quien pida un subsidio en las próximas semanas tendrá que cumplir el límite actual.

¿Qué dicen expertos, sindicatos y patronal?

La cifra de Trabajo supera en 0,4 puntos la recomendación de la comisión de expertos que asesora al ministerio, que proponía un 4,9%. Los sindicatos CCOO y UGT reclaman un aumento de al menos el 7%, que llevaría el salario mínimo por encima de los 1.300 euros.

Las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme han criticado la propuesta, que llega a pocas semanas de las elecciones. La decisión final corresponde al Gobierno, que en los últimos años ha aprobado las subidas del SMI sin el respaldo de los empresarios. Para más contexto sobre la situación del mercado laboral, puedes consultar nuestro análisis del desempleo en España.